Estado de excepción

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El estado de excepción es un régimen de excepción que puede declarar el gobierno de un país en situaciones especiales.

En algunos países como Colombia al estado de excepción se le conoce como "conmoción interior".

Regulación por países[editar]

España[editar]

  • El último estado de excepción decretado en España se produjo en 1969.
  • Prórroga, el Gobierno podrá solicitar al Congreso de los Diputados la prórroga de esta declaración, que no podrá exceder de 30 días.

En este estado se podrán suspender los siguientes derechos fundamentales reconocidos por la Constitución española en su Art. 55:

  • Art. 17.2 Detención preventiva.
  • Art. 18.2 Inviolabilidad del domicilio.
  • Art. 18.3 Secreto de las comunicaciones.
  • Art. 19 Libertad de elección de residencia y libre circulación por el territorio nacional.
  • Art. 20.1.a) Libertad de expresar el pensamiento.
  • Art. 20.1.d) Derecho a comunicar o recibir información veraz por cualquier medio de difusión.
  • Art. 20.5 Prohibición de secuestrar publicaciones y otros medios de información sin resolución judicial.
  • Art. 21.2 Derecho de reunión en lugares de tránsito público y manifestaciones.
  • Art. 28.2 Derecho de huelga.
  • Art. 37.2 Derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo.

Se exceptua de la suspensión el siguiente derecho:

  • Art. 17.3 Toda persona detenida debe ser informada de los motivos de su detención y demás derechos inherentes de forma inmediata y de modo que le sea comprensible. Asimismo se garantizará al detenido la asistencia de abogado durante las diligencias policiales y judiciales.

Véase también[editar]