Trabajo (Derecho)

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El Derecho distingue entre distintas formas de realización del trabajo a fin de asignarle diferentes normas de regulación del mismo. Así, por ejemplo, contempla el trabajo en relación de dependencia que es cuando un empleador contrata uno o más trabajadores para utilizar su trabajo en una actividad productiva organizada, generalmente con la intención de obtener una ganancia, el trabajo benévolo, que es el que se realiza con el propósito de beneficiar al que recibe el servicio y el trabajo autónomo o trabajo por cuenta propia, denominado también autoempleo, en el cual es el propio trabajador quien organiza su labor y corre el riesgo económico.

Contenido

[editar] Sindicatos y convenio colectivo de trabajo

El trabajo en relación de dependencia está especialmente protegido por el Derecho laboral nacional e internacional, que establece contenidos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en todos los contratos de trabajo.

[editar] Trabajo por cuenta propia o autoempleo

El trabajo por cuenta propia o autoempleo, es aquél en el que es el propio trabajador el que dirige y organiza su actividad corriendo a su cargo el riesgo económico, y que puede adoptar dos formas básicas:

  • El autoempleo individual o trabajo autónomo, que se regula habitualmente por el Derecho civil o el Derecho comercial, bajo la forma de "contrato de locación de servicios" (profesiones liberales, oficios autónomos, etc).
  • El autoempleo colectivo, en el que el trabajador se desempeña en una organización de la que él forma parte como miembro pleno en la toma de decisiones (cooperativa de producción o trabajo, sociedad laboral, etc).

[editar] Trabajo informal en relación de dependencia o trabajo no registrado

El trabajo informal en relación de dependencia, también llamado trabajo no registrado, trabajo en negro o trabajo sin contrato, se caracteriza por constituir la relación laboral sin cumplir las formalidades legales. Este tipo de trabajo ha crecido notablemente en los últimos años. Actualmente muchas grandes empresas utilizan un sistema de recursos humanos que combina la manutención de un pequeño grupo "asalariado" formal empleado directamente por la empresa, con un amplio grupo de trabajadores que se desempeñan en empresas mercerizadas (outsourcing), muchas veces en condiciones de informalidad, sin protecciones laborales.

Una de las interpretaciones comúnmente aceptadas sobre la existencia de actividades informales se refiere al desarrollo de éstas al margen del sistema regulatorio vigente. Es decir, se trata de labores que se desarrollan sin cumplir con los requisitos establecidos en las regulaciones, sean éstas leyes o procedimientos. Asimismo, y en una visión más positiva, la exclusión se asocia con su falta de acceso a las políticas de fomento y, en particular, al crédito, la capacitación y los mercados. Esta aproximación al sector informal enfatiza su ilegalidad como característica primordial y tiende a visualizarlo como un conjunto de actividades encubiertas o sumergidas de la economía.

La realidad es, sin embargo, más matizada. Ni el sector informal opera absolutamente “en negro”, ni su opuesto, el sector moderno, lo hace con un irrestricto apego a la legalidad. Predominan en cambio las llamadas áreas grises que, en investigaciones sobre comienzos de la década de 1990 (Tokman, 1992; Tokman y Klein, 1996), se han caracterizado como el cumplimiento parcial de ciertos requisitos legales o procesales, incluida la ilegalidad absoluta, pero también la legalidad plena. Sin embargo, el panorama prevaleciente en la informalidad es un área intermedia entre estas últimas: se cumple con ciertos requisitos de registro, pero no se pagan los impuestos; se observa parte de las regulaciones laborales, pero no todas.

[editar] El trabajo informal de simple supervivencia por cuenta propia

Este tipo de trabajo no debe ser confundido con el anterior, aunque muchas veces en la realidad las fronteras son difusas. Este tipo de trabajo es de muy baja productividad y se realiza por cuenta propia, fuera de toda formalidad legal (limpiavidrios en los semáforos, recolectores informales de basura, vendedores callejeros, etc.).

[editar] Beca de investigación

En este tipo de trabajo, el trabajador, inmediatamente después de haber terminado sus estudios universitarios, mantiene una actividad laboral habitualmente relacionada con la investigación. Es una figura derivada de la beca de estudios, mediante la cual se remunera el trabajo realizado, pero el becario permanece fuera del estatuto de los trabajadores, y carece por ello de gran parte de los beneficios sociales. En ocasiones se pretende utilizar como una forma legal de "contratación" de jóvenes trabajadores, lo que reduce los costes salariales derivados del alta en la seguridad social.

[editar] Concepto del trabajo en la legislación de Argentina

La Ley de Contrato de Trabajo de Argentina define al trabajo en relación de dependencia como "toda actividad lícita que se preste en favor de quien tiene la facultad de dirigirla, mediante una remuneración" (art.4), excluyendo el caso de que la beneficiaria de tales servicios sea la Administración´pública nacional, provincial o municipal o que se trate de trabajadores domésticos o del sector agrario (art.2). (art.2) . Se requiere entonces que:

  • sea una actividad lícita;
  • se realice a cambio de una remuneración. No interesa si el objeto de la actividad tenga carácter lucrativo o benéfico (art.5).
  • no se trate de dependientes de la administración pública, trabajadores domésticos o del sector agrario.

[editar] Véase también

[editar] Referencias

[editar] Enlaces externos

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