Discusión:Yacimiento arqueológico

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He trasladado desde Yacimiento a Sitio, debido al matiz extractivo que posee el primer término y que es poco reconocido por la comunidad arqueológica. Además, este traslado se hace en consonancia con la categoría disponible, Categoría:Sitios arqueológicos. Kordas (sínome!) 00:39 16 mar 2007 (CET)

Muy en contraMuy en contra Muy en contra. No me voy a negar y he de acatarlo, pero niego la mayor, la menor y las intermedias: estamos cambiando un término científico y preciso por otro ambiguo y polivalente. El término yacimiento es reconocido totalmente (segunda acepción del diccionario de la RAE y paralelismo absoluto con yacimiento paleontológico), no tiene nada de «extractivo», al contario, su etimología indica que el lugar donde reposan —yacen— restos antiguos. Lo que pasa es que en las últimas décadas la tradición anglosajona se está imponiendo y nos está colonizando barbarismos como site (yacimiento), lithic reduction (lascado), artefact/artifact (pieza arqueológica—cualquiera que busque artefacto en el diccionario en inglés y español se dará cuenta de que no sólo lo mismo e igual pasa con site/sitio), etc. Yacimiento arqueológico y no sitio está recogido en los diccionarios y manuales más usados, ej: Menéndez, Jimeno y Fernández: Diccionario de Prehistoria (Ed. Alianza, Madrid, ISBN 84-206-2888-3). Usus quem penes arbitrium est et jus et norma loquendi (Horacio, Ars Poetica).--Locutus Borg έγραψε 07:28 16 mar 2007 (CET)
neutral Neutral. Si bien yo mismo he colocado varios enlaces a esta página sobre la frase sitio arqueológico, también considero que es más castizo el concepto yacimiento arqueologico. Siempre me he manifestado a favor de que los títulos de la WP sean en un español libre de extranjerismos innecesarios, y esta no será la excepción; si bien considero que el título elegido por Kordas aparece cada vez con más frecuencia en los textos en español: si alguien viene aquí a buscar información sobre sitio arqueológico y carecemos de ese enlace (que no lo había), la gente simple y llanamente quizá no sabrá nunca que un sitio arqueológico en español se llama yacimiento arqueológico. Yavidaxiu 17:56 17 mar 2007 (CET)
Después de leer las impresiones de ambos, debo decir que los argumentos de Locutus son bastante convincentes (tiene una dilatada experiencia profesional y wikipédica como para no escucharle atentamente). Si escogí este término fue, como dice Yavi, porque cada vez más se está imponiendo en la terminología española, pero no lo achaco tan sólo a un calco del inglés. Todos mis mentores han preferido siempre el término sitio, por el claro vínculo asociativo que relaciona el lugar arqueológico como un campo idóneo para los expoliadores para hacer su agosto, como si se tratara en efecto de un yacimiento mineral donde la riqueza fuese meramente económica. No obstante, al existir la acepción de yacimiento en el DRAE como un lugar arqueológico, creo que lo idóneo sería retrasladarlo de nuevo a la entrada yacimiento arqueológico. Locutus, no quiero que pienses que tienes que acatar nada, que aquí todos tenemos voz para decidir y buscar soluciones a actos tal vez apresurados (mea culpa). Dicho esto, procedo a redirigir de nuevo. Saludos a ambos, Kordas (sínome!) 21:55 20 mar 2007 (CET)

Zona Arqueológica[editar]

Creo que es correcto que el artículo se localice bajo el nombre de Yacimiento Arqueológico, pero también me parece bien que pueda irse a él redireccionado desde Sitio Arqueológico. Propongo que también se le direccione desde Zona Arqueológica, ya que ésta es la denominación que usa la normativa vigente sobre protección de bienes de carácter arqueológico, y habrá gente que la busque bajo ese nombre.--Pepepitos 21:48 21 abr 2007 (CEST)

No veo porqué eliminásteis la remisión Vease también al yacimiento arqueológico de Doña Blanca. Pienso que mientras más posibilidades de relación con otros artículos haya, mejor será para quien se interese por el tema. La he vuelto a poner, pero si había alguna razón de peso para quitarla, no hay inconveniente.--Pepepitos 22:16 21 abr 2007 (CEST)

Hola, respecto a lo último que mencionas, fui yo quien retiró el enlace de Doña Blanca del "Véase también", porque pensé que con la categorización bastaba para llegar a la lista de sitios arqueológicos (es lo que aparece justo al final de cada página de Wikipedia), aunque lo que podemos hacer es sustituirlo por un enlace directo a dicha categorización para que queda más claro; pienso que es más oportuno mostrar todos los que tenemos así, que no sólo mostrar uno y que parece que invita a completar un listado que podría ser interminable.
En cuanto a las redirecciones que mencionas, es una buena idea, acabo de crear Zona Arqueológica y Zona arqueológica. Aprovecho también para felicitarte por completar el artículo con contenidos jurídicos que siempre vienen muy bien. Un saludo, Kordas (sínome!) 02:01 5 may 2007 (CEST)

OK, parece razonable tu argumentación para eliminar la remisión expresa a Doña Blanca, porque efectivamente está en la relación de Sitios Arqueológicos. También me parece bien hacerle un enlace directo para que quede más claro. Cuando quieras... Saludos.--Pepepitos 01:34 6 may 2007 (CEST)

Con la venia, Kordas, pero a pesar de lo interesante que puedan resultar los contenidos jurídicos sobre las zonas arqueológicas en España, yo creo que este artículo debería dedicarse exclusivamente al concepto empleado en la arqueología. ¿Qué tal que se me ocurriera añadir los detalles sobre México, Perú o China? O, Pepepitos, ¿qué pasaría si nos pusiéramos a enlazar desde aquí todos los artículos sobre yacimientos arqueológicos que tenemos en Wikipedia? Como quien dice, mejor cada chango en su mecate. Yavidaxiu 06:53 6 may 2007 (CEST)
Hombre, Yavidaxiu, a mi me parecería muy bien si el artículo incluyera las líneas de regulación jurídica en México o Perú. Te apoyaría totalmente si decides incluirlos. Creo que no en China, porque esta es una Wikipedia en español y tampoco hay que exagerar... Lo de ceñirse exclusivamente al concepto empleado en la arqueología, me parece que es un poco voluntarista, porque realmente, al menos aquí en España es así, la arqueología ni siquiera es una carrera y tanto el bien arqueológico, como el propio arqueólogo, lo es en función de lo que dice la norma. Fíjate que la norma establece hasta las características de quién puede excavar y quién no, y la metodología que debe seguir, e, incluso, los órganos que deben decidir si un investigador está capacitado o no para excavar y si su método es aceptable (¡La norma no da por supuesto que un arqueólogo es un arqueólogo, ni que la metodología científica que usa es metodología arqueológica!). Es más, es la norma quien dice qué cosa es arqueología y qué cosa no lo es...En cuanto al enlace directo, creo que no me expresé bien: Me refería a un enlace directo con la Categoría Sitios Arqueológicos. Tienes razón en que sería inadecuado enlazar con todos los yacimientos que figuren en wikipedia individualizadamente. Saludos.Pepepitos 23:14 8 may 2007 (CEST)
Pero ojo, compañero: no importa en realidad si en España o en Carácuaro la antropología no es una profesión. Hay muchos otros lugares donde sí lo es, y donde el concepto de yacimiento, sitio o zona arqueológica es parte de la formación y el interés de un grupo de personas. La norma española aplica en el caso de España, por lo que para efectos generales no nos ayuda de mucho —aunque si uno quisiera ampliar sus conocimientos sobre el manejo de bienes arqueológicos en España, podría acudir a un artículo distinto que fuera enlazado desde aquí—. Yo creo que, por ejemplo en el caso de México, un panorama como el que tú ofreces sobre el caso español quedaría mejor en un artículo como Instituto Nacional de Antropología e Historia, —instancia encargada de la administración, investigación y custodia de las zonas arqueológicas en el país— que en un artículo general. No me parece adecuado tener aquí una colección de códigos legales sobre el manejo de zonas arqueológicas en más de veinte naciones de habla española, por más que esta sea una enciclopedia en español. Saludos. Yavidaxiu 03:57 9 may 2007 (CEST)
¡Vale, compañero!. No le veo ningún problema a un artículo que sólo recoja los aspectos científico-técnicos y remita a otros artículos con la regulación jurídica de cada país, pero tampoco se lo veo a que el artículo recoja los códigos de los veinte países. Es decir, que no es que me parezca mal lo que propones, es sólo que hasta ahora tampoco hay una alternativa clara. El contenido del artículo antes de mi añadido era muy reducido, pero si alguien hace un artículo serio y suficientemente extenso sólo con información científico-técnica, estoy de acuerdo en plantear que los aspectos jurídicos se recojan en otro artículo complementario, siempre que los demás que han participado en ésto (Kordas, Locutus, Némesis...) participen en la decisión, opinando. Saludos. Pepepitos 09:03 9 may 2007 (CEST)

Coincido con lo que dice Pepepitos, antes de sus aportes el artículo era muy limitado, y se ha completado bastante. Obviamente lo ideal sería disponer finalmente de un artículo como Legislación española sobre yacimientos arqueológicos, donde agrupar todas las disposiciones legales en cuanto a los mismos. En realidad, es algo que podría hacerse ya, pero ¿para que dispersar la información ahora mismo? Cuando tengamos la legislación de 20 países y un artículo enorme se podría trasladar esta información. En realidad, el cuándo trasladar es lo de menos, importando más la estructura final de la información. Kordas (sínome!) 16:57 12 may 2007 (CEST) PD: he realizado este cambio, que creo que queda mejor.