Discusión:Empresa conjunta

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La inclusión del término UNION TEMPORAL DE EMPRESAS creo que no es correcta. Se refiere la misma únicamente a obra pública, disponiendo de su propia regulación legal diferente, tanto en aspectos registrales, procesales, contables, etc., que me hacen diferenciar entre las dos figuras. Creo que no debería incluirse.


La traducción de venture es empresa, por tanto se debería traducir el término "joint venture" como Empresa Conjunta y no como aventura conjunta.

Discrepo de esta discrepancia. Las UTEs no sólo existen en la obra pública.


En realidad la traducción correcta es "Riesgo Compartido" que es lo que implica el contrato de Joint Venture, comunmente encontramos un ejemplo típico en los denominados "Consorcios".


Discrepo del primero; segun la wikipedia, UTE es un acrónimo usado en España designado a Unión Temporal de Empresas, sistema por el cual dos o más empresas se unen para realizar una obra o prestar un servicio determinado; se constituyen como una única empresa temporalmente mientras dure la obra, normalmente de gran porte. En una joint venture las empresas siguen siendo individuales o se pueden unir.

Por lo tanto creo que esta bien, la deficicion de joint venture es muy parecido a la UTE.

Ojalá pudieran firmar sus comentarios. Es deseable, y facilitaría la comunicación. ¡Muchísimas gracias y saludos a todxs, triple abrazo mexicano! Correogsk o Gustavo (Editrocito o Heme aquí) 16:14 6 oct 2016 (UTC)[responder]
Todos están parcialmente en o correcto, porque todo lo que han indicado es válido, según lo que pude ser efectuado bajo un contrato de Joint Venture: para colaboración (Alianza Estratégica de Negocios), asociación (Asociación Estratégica de Negocios, para Operaciones Controladas de Manera Conjunta, o la Asociación Estratégica por Negocios, para Activos Controlados de Manera Conjunta), o por capitales "equity" (Sociedad Estratégica de Negocios, por Participaciones de Patrimonio Conjunto). Esto es algo oficializado internacionalmente, con alto impacto, que incide en las contabilizaciones conforma la norma NIIF (Norma Internacional de Información Financiera) y los pagos de las obligaciones tributarias de estas Joint Venture.
Incluiré la información, con sus implicaciones legales, contables y tributarias, para que sea más fácil de entender. En ella se plasmará a relación entre el Joint Venture, surgido internacionalmente, que no tiene expresión legal, más allá de contrato comercial, en las legislaciones de las jurisdicciones y países diversos, aunque en la actualidad, se han tomado previsiones para que estas no constituyan elementos de evasión fiscal, y determinar la forma correcta de asociarse, registrar contablemente sus ingresos y egresos (tanto de la alianza asociación o equity - como de cada parte que ha constituido el joint venture), con lo cual se determina las obligaciones tributarias a ser pagadas conforme le corresponda a cada entidad.
Con respecto a si son UTE, Consorcios o Cuentas en Participación, ya la misma norma NIIF con su caracterización, ha dado paso a que en las distintas jurisdicciones y países apegados a su legislación, tomen las decisiones sobre en qué marco de su Ley lo aplican y como lo aplica, y hay países como España y otros que han establecido para cierto tipo de Joint Venture alguna solución particular como las UTE (aunque originalmente se definen para obras, son aplicadas supletoriamente para otros tipos de negocio y son consideradas válidas). IraimaJSanchez (discusión) 16:51 5 oct 2023 (UTC)[responder]
A y vale la aclaratoria, que no siempre se requiere de la formación de una nueva empresa, por lo cual sugiero cambvia el título por:
"Joint Venture por: Alianzas, Asociaciones o Participación por Capitales", que sería en la actualidad lo más correcto, sin menoscabo de sus inicios y la etimología que citan; lo cual es en la actualidad, parte del marco histórico y de evolución de los Joint Venture y sus aplicaciones en el ámbito internaiconal. IraimaJSanchez (discusión) 17:15 5 oct 2023 (UTC)[responder]
Tomaré todo lo que originalmente está escrito y publicado por cada quien lo incluyó, sin cambios en el texto (en donde se pueda de esta manera) y lo colocará en el lugar del texto ampliado que corresponda (siempre dando el sentido a lo que se indica). IraimaJSanchez (discusión) 17:19 5 oct 2023 (UTC)[responder]
Bueno, tal como ofrecido, coloqué mis aportes, y muestran una actualización que eliminó todo lo incluido. No se porqué no como, pues no acostumbro incluir información en la web.
Lamento no poder cumplir con las aclaratorias. IraimaJSanchez (discusión) 20:57 5 oct 2023 (UTC)[responder]
Y quien lo eliminó sin siquiera considerar lo valioso de aporte de conocimiento, el JUEZ y ARBITRO único poseedor de la verdad en el conocimiento. L O F E L I C I T O, por su amplitud de permitir compartir conocimiento. No se preocupe, ocúpese de sesgar la información a su libre albedrío (como lo viene haciendo, según pude constatar con su actitud), total, este portal no es el único en donde se pueden dar aportes e incorporar conocimiento útil. IraimaJSanchez (discusión) 15:25 6 oct 2023 (UTC)[responder]