Discusión:Defensor del Pueblo (España)

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Mayúscula[editar]

Creo que el artículo principal debería ser Defensor del Pueblo de España o Defensor del Pueblo español, en tanto que "Español" sólo debería llevar mayúscula en caso de que fuera parte del nombre, que no lo es -según tengo entendido-. Saludos. Flazzy 23:35 26 jun 2006 (CEST)

Opiniones o actos, o solo opiniones (inviolabilidad)[editar]

“inviolabilidad por razón de las opiniones o actos efectuados en el ejercicio del cargo”

Esto choca con el art. 71 constitucion española en el que explica la inviolabilidad de Diputados y senadores por SUS OPINIONES (no actos) en el ejercicio de sus funciones.

Es posible que para el Defensor del Pueblo se igual. O no?

Saludos.— El comentario anterior sin firmar es obra de 67.218.226.200 (disc.contribsbloq). Echando una mano 19:33 27 may 2021 (UTC)[responder]

No. Goza de inviolabilidad absoluta, según lo expuesto en el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo. El defensor del Pueblo no es diputado ni senador. --Echando una mano 19:30 27 may 2021 (UTC)[responder]