Congreso de la Unión
| Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos |
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|---|---|
| (LXI Legislatura) | |
| Datos Generales | |
| Creación | 28 de septiembre de 1821 |
| Cámara alta | Senado |
| Límite | 1 periodo (6 años) |
| Cámara baja | Cámara de Diputados |
| Límite | 1 periodo (3 años) |
| Liderazgo | |
| Presidente del Senado |
José González Morfín, desde el 1 de septiembre de 2011 |
| Presidente de la Cámara de Diputados |
Guadalupe Acosta Naranjo, desde el 16 de diciembre de 2011 |
| Estructura | |
| Senado Grupos representados |
Sin Grupo |
| Salario | $121,900 pesos[1] [2] |
| Cámara de Diputados Grupos representados |
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| Salario | $150,139 pesos[3] [4] |
| Autoridad | Título Tercero, Capítulo II de la Constitución de Política de los Estados Unidos Mexicanos |
| Elecciones | |
| Sistema electoral | Elección directa |
| Próxima elección general | 1 de julio de 2012 |
| Lema | |
| LA PATRIA ES PRIMERO | |
| Sedes | |
| Palacio del Senado | |
| Palacio Legislativo de San Lázaro | |
| Sitios Web | |
| Sitio Web del Senado Sitio Web de la Cámara de Diputados |
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En los Estados Unidos Mexicanos, el Congreso de la Unión es el órgano depositario del Poder Legislativo a nivel federal. Es una asamblea bicameral, es decir, está compuesta por dos cámaras: la Cámara de Diputados –con un total de 500 diputados– y el Senado –constituido por 128 senadores–.[5]
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el Congreso en su Título Tercero, Capítulo II, artículo 50.
Cuando se reúne de forma conjunta, para sesiones de Congreso General, su sede oficial es el Palacio Legislativo de San Lázaro, que de ordinario es también sede de la Cámara de Diputados.
En periodos de receso, la Comisión Permanente reúne un número de diputados y senadores para atender los asuntos pendientes del Congreso hasta el nuevo periodo de sesiones.
El Poder Legislativo cuenta con el Canal del Congreso de México desde 2000.[6]
Contenido |
[editar] Historia
[editar] En la Guerra de Independencia
La historia del Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos, como depositario del Poder Legislativo Federal, se remonta al año de 1811 cuando, tras el fusilamiento de Miguel Hidalgo y de los primeros líderes insurgentes, José María Morelos estableció la primera junta representativa de la nación mexicana, denominada oficialmente Junta Suprema Nacional Americana, la cual se reunió en Zitácuaro (estado de Michoacán), por lo que fue llamada Junta de Zitácuaro.
José María Morelos siempre tuvo presente la necesidad de la organización política del movimiento insurgente, y en esta organización era fundamental la redacción de una Constitución y el establecimiento de un cuerpo legislativo de representantes de la nación. Por ello, la redacción de la Constitución era el principal objetivo de la Junta de Zitácuaro. Sin embargo, debido a los constantes combates entre insurgentes y realistas, tuvo que realizar un peregrinaje por diversos lugares, ya que la ciudad de Zitácuaro fue tomada e incendiada por los realistas, como castigo por albergar a la Junta.
[editar] Primeros años de vida independiente
Al consumarse la independencia en 1821, el gobierno provisional convocó a la elección de un Congreso Constituyente, que asumió el poder legislativo y estableció la monarquía constitucional como sistema político y eligió Emperador de México a Agustín de Iturbide. Pero tras mútiples conflictos entre estos, el emperador en sus facultades de poder ejecutivo, terminó disolviendo el congreso por su faltas de no establecer una Constitución y conspiración.
Tras antes de la abdicación de Agustín de Iturbide, el emperador restauró al Congreso y este adoptó un sistema republicano federal después de debatirse entre el sistema centralista y el federalista. Consecuencia fundamental de una o de otra, estaba la determinación de la unicameralidad o bicameralidad del Congreso.
Fundamentalmente gracias al impulso de Fray Servando Teresa de Mier y de Miguel Ramos Arizpe, se adoptó el sistema federal, al promulgarse la Constitución de 1824 y, con ella, la división del Congreso en dos cámaras: la de Diputados, representantes de la población, y el Senado, en representación de los estados de la Federación.
La primera sede del Congreso fue la Iglesia de San Pedro y San Pablo y, a partir de 1829, fue el recinto legislativo del primer piso del Palacio Nacional, donde se radicó hasta 1872.
[editar] El Congreso unicameral
Las vicisitudes políticas de los primeros años de la independencia de México tuvieron como consecuencia numerosas disoluciones y convocatorias del Congreso, cambios constitucionales que modificaban sus atribuciones. Con la promulgación de la Constitución de 1857 se suprimió el Senado y se estableció el Congreso unicameral, manteniéndose el sistema federal.
Finalmente, en 1874, el presidente Sebastián Lerdo de Tejada propuso la restauración del Senado de la República, que volvió a quedar constituido el 13 de noviembre de 1874, y el Congreso quedó constituido desde entonces en forma bicameral. El Senado restablecido y constitucionalmente electo se instaló el 16 de septiembre de 1875, para la VIII Legislatura.
[editar] Atribuciones
Las facultades generales del Congreso se describen en el artículo 73 de la Constitución,[7] con el que inicia la sección III del Título Tercero de la misma (De las facultades del Congreso), que se prolonga hasta el artículo 77.[8]
La Constitución otorga similares funciones a ambas cámaras, pero hay funciones que sólo pertenecen al Senado o a la Cámara de Diputados.[9] [10]
[editar] Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados tiene 500 miembros, que son nombrados cada tres años.[11] De éstos, 300 son electos directamente, con base en los distritos de mayoría relativa, asignados por población, pero ningún estado puede tener menos de dos diputados de mayoría. Los otros 200 se asignan en función de un sistema de representación proporcional, de acuerdo con un sistema de listas votadas en cinco circunscripciones plurinominales.[12]
[editar] Senado
El Senado tiene 128 miembros. Se eligen tres senadores por cada estado y uno por el Distrito Federal. Los Senadores de la República duran seis años en su encargo. Su elección se hace de la siguente manera: dos en forma directa, elegidos por mayoría relativa (sin considerar a la población), y uno más para aquel que encabeza la lista de candidatos del partido o coalición política que haya obtenido el segundo lugar en la elección estatal, por lo que es llamado de la primera minoría. Los 32 restantes se designan en función de un sistema de representación proporcional, de acuerdo con un sistema de una sola lista votada a nivel nacional.[13]
[editar] Legislaturas
Una legislatura es el periodo de tres años en la que los individuos electos para formar parte de la Cámara de Diputados y el Senado de la República ejercen el Poder Legislativo de la Unión, en el cual deberán cumplir con las atribuciones que les otorga la Constitución.
Los senadores ejercen su periodo en dos legislaturas consecutivas, y los diputados en una sola. Tanto diputados como senadores no pueden ser electos para la siguiente legislatura a la que ejercieron su cargo, ni como propietarios ni como suplentes. Los suplentes que no hayan llegado a ocupar la titularidad de sus curules sí pueden ser electos para la siguiente legislatura como propietarios.
Las legislaturas llevan un número ordinal en sucesión desde que la primera fue electa conforme a la Constitución de 1857, el 16 de septiembre de 1857, cuando se instaló la I Legislatura del Congreso de la Unión de México. Hasta 1934, las legislaturas tenían una duración de dos años únicamente, y fue hasta ese año cuando la XXXVI Legislatura se eligió por primera vez para un periodo de tres años.
[editar] Notas
- ↑ «Manual de Percepciones de los Senadores...». Senado de la Republica. Consultado el 19 de agosto de 2011.
- ↑ «2 Mil 312 Millones Para Sueldos de Senadores y Diputados en 2010.». El Siglo de Torreon. Consultado el 19 de agosto de 2011.
- ↑ «Poder Legislativo.». Cámara de Diputados. Consultado el 19 de agosto de 2011.
- ↑ «Consejeros del InfoDF ganan más que Ebrard.». La Razón. Consultado el 19 de agosto de 2011.
- ↑ Artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- ↑ Canal del Congreso
- ↑ Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- ↑ Sección III de la Constitución
- ↑ Facultades exclusivas del Senado
- ↑ Poderes reservados a la Cámara de Diputados
- ↑ Artículo 51 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- ↑ Artículo 52 de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- ↑ Artículo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos