Baremo
Un baremo es una tabla de cuentas hechas, esto significa que un autor, que realiza un número determinado de cálculos matemáticos de cierta naturaleza, los vuelca en un formato tabular para evitarle la tarea de realizar esos cálculos al público en general o a un público específico. Usase también la palabra "baremo" (m.) para dejar establecidos un conjunto de normas fijadas por una institución para evaluar los méritos personales, una escala de relevancia para establecer una posición ordenada por méritos, la solvencia de empresas, normas de admisión determinadas por un conjunto de puntuaciónes parciales, resultados de análisis, lista de números índices, etc.:
Cuaderno o tabla de cuentas ajustadas. Lista o repertorio de tarifas:
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[editar] Etimología
La palabra castellana baremo proviene del francés barème,y este, a su vez, es una alteración del apellido Barrême.[1] [2]
[editar] Anécdota histórica
François Barrême ó François-Bertrand Barrême (1638 - 1703) fue un matemático francés, considerado uno de los padres fundadores de la Contabilidad.
Era un autor muy inquieto que escribió varias obras que perpetuó, mejoró y amplió a través de numerosas ediciones, su texto más popular fue Le Livre nécessaire pour les comptables, avocats, notaires, procureurs, négociants, et généralement à toute sorte de conditions, publicado por primera vez en 1671, fue reiteradamente reeditado y, tras la muerte de su autor, fue continuado por su hijo.
Se trató de una obra de tal valor en su época, que su título fue variando entre la población, conociéndoselo primero vulgarmente como Barême universel, dando origen luego a la aceptación académica del vocablo barème, que terminó por inmortalizar el apellido del ilustre matemático francés.
[editar] Los baremos en la actualidad
En el presente, los baremos continúan siendo utilizados con frecuencia, especialmente en el ámbito de la medicina legal, donde se han desarrollado de manera explosiva, terminando por crear un ambiente de confusión más que de solución de un problema.
En esta especialidad médica de estrecho contacto y colaboración con el ámbito de la justicia, es de práctica cotidiana la evaluación de los diferentes tipos y grados de daños corporales que sufren las personas, daños que se traducen en una pérdida de su capacidad, especialmente en relación con sus tareas laborales y sus potencialidades económicas.
Así el médico legista, o médico forense, sistemáticamente es convocado por un juez, por un abogado litigante en un juicio o por una compañía de seguros, para dilucidar el alcance de la incapacidad física que afecta a un sujeto que haya sufrido en determiando tipo de daño corporal.
Pero esta actividad adolece de un serio defecto, que es el estar basada en criterios no objetivos ni sistemáticos, pues numerosas veces se da el caso de que distintos peritos médicos, puestos a analizar un mismo caso, no coinciden en la apreciación cuantitativa del daño producido en el cuerpo de la víctima.
Esto llevó a que numerosos autores intentasen delimitar esta arbitrariedad consuetudinaria e inerente al examene médico pericial, elaborando una serie de tablas o baremos de incapacidades tanto físicas como psíquicas, pero, por su mismo carácter también arbitrario —pues, en definitiva, estos baremos o tablas, están basados en el criterio personal y en el arbitrio de quien los realiza— sólo terminaron por añadir más confusión y es común observar hoy en día, que las partes que están en litigio discuten ambas el uso de cualquier baremo, quejándose generalmente el querellante por lo escaso de sus determinaciones y el querellado por lo abultado de las mismas.
Por ejemplo, en la República Argentina, a nivel oficial, existen varios baremos, uno el complementario de la ley de riesgos del trabajo (Nº 24557/95), otro el utilizado en la Provincia de Buenos Aires; también diversas fuerzas armadas y de seguridad tienen sus propios baremos, ello sin contar los publicados por autores como Defilippis-Novoa o como Ramos Vértiz (p).
[editar] Jurisprudencia
En este maremágnum de diferentes opiniones, no se ve una clara solución de los litigios en que se reclaman sumas de dinero en carácter de compensación por incapacidades, problema que se ve reflejado en la breve reseña jurisprudencial argentina que sigue:
CARÁTULA: Buroni, Daniel Oscar y otra c/ Giachino, Raúl y/o quien resulte propietario y/o responsable s/ Daños y perjuicios.
CC0100 SN 950922 RSD-44-96.
SENTENCIA: 14-03-1996, Juez Civilotti (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Civilotti, Maggi.
TRIBUNAL DE ORIGEN: JC0204.
CARÁTULA: Gorbarán, María Rosa c/ Mezzera, Carlos Tomás s/ Daños y perjuicios.
CC0100 SN 992201 RSD-257-99.
SENTENCIA: 14-12-1999, Juez Civilotti (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Rivero de Knezovich, Porthé.
TRIBUNAL DE ORIGEN: JC 0402.CARÁTULA: Ermaliuk, Héctor Gustavo c/ Cía. de Seguros La Tandilense S.A. s/ Daños y perjuicios.
CC0002 AZ 37032 RSD-76-96 S 12-7-1996, Juez Galdós (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Galdós, De Benedictis, Fortunato.
PUBLICACIONES: DJBA 152, 37 - JA 1997 III, 213.CARÁTULA: Weiss, Alfredo A. y otro c/ Garderes, José Luis y otro s/ Daños y perjuicios.
CC0203 LP 89362 RSD-71-99.
SENTENCIA: 20-04-1999, Juez Billordo (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Billordo, Fiori.CARÁTULA: Gauto, D. c/ González, J. s/ Daños y perjuicios. CC0002 SM 28236 RSD-565-90.
SENTENCIA: 04-09-1990, Juez Mares (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Mares, Cabanas, Occhiuzzi
CARÁTULA: Bravo, Juan Francisco c/ Empresa de Transportes Los Andes "Línea 78" y otros s/ Daños y perjuicios.
CC0002 SM 54212 RSD-434-4.
SENTENCIA: 26-10-2004, Juez Scarpati (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Scarpati, Mares, Occhiuzzi.CARÁTULA: Calvari, Marcelo c/ Vázquez, Alfredo s/ Daños y Perjuicios.
CC0002 SM 31243 RSD-116-92.
SENTENCIA: 12-03-1992, Juez Mares (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Occhiuzzi, Mares, Cabanas.CARÁTULA: Antonio, Carlos Alberto c/ Expreso Cañuelas S.A. y otro s/ Daños y perjuicios.
CC0203 LP 92492 RSD-39-00.
SENTENCIA: 14-3-2000, Juez Billordo (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Billordo, Fiori
CARÁTULA: Riera Liener c/ Galeano, Osvaldo y otros s/ Daños y perjuicios.
CC0203 LP 91020 RSD-128-6.
SENTENCIA: 16-8-2006, Juez Billordo (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Billordo, Mendivil.CARÁTULA: Navarro c/ Ruiz s/ Daños y perjuicios.
CC0001 SI 75895 RSD-194-98.
SENTENCIA: 30-04-1998, Juez Arazi (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Arazi, Medina, Cabrera de Carranza.
PUBLICACIONES: Revista Jurídica Argentina La Ley, 1999, páginas 747-60.CARÁTULA: Galván, Juan José y otra c/ Garayalde, José Leopoldo y otro s/ Daños y perjuicios.
CC0100 SN 2511 RSD-295-00.
SENTENCIA: 14-11-2000, Juez Porthé (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Porthé, Rivero de Knezovich.
TRIBUNAL DE ORIGEN: JC 0101.CARÁTULA: Maidana, Zulma c/ Iberargen S.A. (Bingo Royal) s/ Daños y perjuicios.
CC0002 SM 49571 RSD-226-1.
SENTENCIA: 19-06-2001, Juez Mares (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Mares, Cabanas, Occhiuzzi.CARÁTULA: Meoniz, José Gregorio c/ Speroni, Santiago E. y otros s/ Daños y perjuicios.
CC0100 SN 5196 RSD-527-2.
SENTENCIA: 26-12-2002, Juez Telechea (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Telechea, Porthé, Rivero de Knezovich.
TRIB. DE ORIGEN: JC 0101.CARÁTULA: Martínez, Hugo Rudi c/ Arévalo, Marcelo Oscar s/ Daños y perjuicios.
CC0100 SN 2935 RSD-38-3.
SENTENCIA 13-03-2003, Juez Telechea (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Porthé, Telechea, Rivero de Knezovich.
TRIB. DE ORIGEN: JCI 0606.CARÁTULA: Di Mateo, Jorge Antonio c/ Millet, Dante y otros s/ Indemnización de daños y perjuicios.
CC0000 PE, C 3380 RSD-141-00.
SENTENCIA: 05-09-2000, Juez Ipiña (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Ipiña, Levato, Gesteira.
TRIB. DE ORIGEN: JC 0200.
CARÁTULA: Jacobo, Cristian Alberto c/ Rocha, Oscar Fernando s/ Indemnización de daños y perjuicios.
CC0000 PE, C 3566 RSD-176-00.
SENTENCIA: 12-10-2000, Juez Levato (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Levato, Gesteira, Ipiña.
TRIB. DE ORIGEN: JC 0200.
CARÁTULA: Giménez, Roberto Marcelo c/ Zárate, Jorge Horacio y/o q.r.r. s/ Indemnización por daños y perjuicios.
CC0000 PE, C 4569 RSD-97-00.
SENTENCIA: 19-06-2003, Juez Gesteira (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Gesteira, Ipiña, Levato.
TRIB. DE ORIGEN: JC 0200.CARÁTULA: Acosta, Servando y Torres, Silvia Nélida c/ Talotta, Juan José y Bellante, Mario Vicente s/ Daños y perjuicios.
CC0002 SM 57119 RSD-498-5.
SENTENCIA: 29-11-2005, Juez Scarpati (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Scarpati, Occhiuzzi, Mares.CARÁTULA: F., V. c/ G., H. O. y otro s/ Daños y perjuicios.
CC0203 LP 94208 RSD-232-6.
SENTENCIA: 28-11-2006, Juez Billordo (SD).
MAGISTRADOS VOTANTES: Billordo, Mendivil.CARÁTULA: Arzamendia, Sinforiano c/ Plavinil Argentina S.A.I.C.
SENTENCIA: 18-12-1984.
CSJN, A 572.CARÁTULA: Larroza, Carmelo c/ Prati Vázquez Iglesias S.A.
SENTENCIA: 06-08-1985.
CSJN, L 136.CARÁTULA: García, Raúl Cecilio c/ Papelera Quilmeña S.A.C.I.F.I.A.
SENTENCIA: 29-10-1985.
CSJN, G 579.
De los fallos transcriptos hasta aquí, se deduce una clara tendencia jurisprudencial a tomar en cuenta que, los baremos, no constituyen sanas herramientas de juicio para dictar una sentencia, que refleje la realidad de la persona afectada por las secuelas de un hecho dañoso, para su integridad psicofísica en cuanto tal.
[editar] Enlaces externos
[editar] Referencias
[editar] Notas
[editar] Bibliografía
- Borobia Fernández, C. (2007). Baremos de aplicación en el ámbito laboral. En Gil Hernández, F. Tratado de Medicina del Trabajo (1ª edición). Elsevier.
- Defilippis Novoa, E. C. A. y Sagastume, J. M. (1987). Tratado de traumatología médico legal (2ª edición). Buenos Aires: Ábaco.
- Ramos Vértiz, J. R., Ceballos, E. M. y Ramos Vértiz, A. J. Traumat Ortop. (1984). Tomo 1, Traumatología (1ª edición). Buenos Aires: Ergon.