Academia Valenciana de la Lengua

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Acadèmia Valenciana de la Llengua


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Sede de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, ubicada en el barrio valenciano de Els Orriols.
Localización
País España
Municipio Monasterio de San Miguel de los Reyes
Información general
Sigla AVL
Jurisdicción Bandera de la Comunidad Valenciana Comunidad Valenciana
Tipo Institución lingüística
Sede Monasterio de San Miguel de los Reyes, Valencia
Organización
Presidente Ramón Ferrer Navarro
Viceresidente Josep Palomero Almela
Secretaria Verònica Cantó Doménech
Composición 21 académicos
Entidad superior Unión de Editoriales Universitarias Españolas
Historia
Fundación 16 de septiembre de 1998,
por las Cortes Valencianas
Web de la AVL

La Academia Valenciana de la Lengua, oficialmente y en valenciano Acadèmia Valenciana de la Llengua, también conocida por sus siglas AVL, fue creada por la Ley de la Generalidad Valenciana 7/1998, de 16 de septiembre de 1998, de Creación de la Academia Valenciana de la Lengua,[1]​ aunque no se constituyó hasta el 23 de julio de 2001, en un acto presidido por el entonces Presidente de la Generalidad, Eduardo Zaplana, en el Saló de Corts del Palacio de la Generalidad.[2]

Tras la reforma del Estatuto de Autonomía del 2006 la AVL pasa a ser el único organismo competente en la regulación del valenciano, así como una de las instituciones estatutarias valencianas, quedando adscrita a Presidencia, por lo que disfruta de personalidad jurídica propia y ejerce sus funciones con autonomía orgánica, funcional y presupuestaria para garantizar su objetividad e independencia, aunque se le atribuyen ciertas dependencias del poder político a través de sus representantes.[3]

La AVL tiene por objeto el determinar y elaborar la normativa lingüística del valenciano a partir de las denominadas Normas de Castellón, y para ello cuenta con una serie de académicos, nombrados por las Cortes Valencianas por un período de quince años, los cuales se ocupan de la gramática, la lexicografía, la onomástica, el fomento del uso de la lengua, la documentación lingüística y literaria, el asesoramiento lingüístico y las publicaciones.

Las decisiones de la AVL, en el ejercicio de las funciones que le corresponden, tendrán que tenerlas en cuenta todas las instituciones de la Generalidad, así como también el conjunto administraciones públicas, el sistema educativo, y los medios de comunicación, entidades, organismos y empresas de titularidad pública o que cuentan con financiación pública con sede en la Comunidad Valenciana.

El mismo modelo de creación de la Academia Valenciana de la Lengua hace que la institución se haya convertido en un lugar de encuentro donde conviven las diversas sensibilidades lingüísticas que puedan representar los académicos, y donde siempre se ha buscado el consenso más amplio posible a la hora de aprobar las cuestiones importantes que afectan a la lengua valenciana.

Hasta la construcción de sus nuevas instalaciones, la Academia Valenciana de la Lengua tiene su sede en el monasterio de San Miguel de los Reyes, sede también de la Biblioteca Valenciana, ubicado en el barrio valenciano de Els Orriols, aunque puede tener otras sedes territoriales o celebrar sesiones en cualquier municipio de la Comunidad Valenciana.[4]

Competencias

Las competencias básicas de la AVL quedan recogidas en Ley 7/1998 de la Generalidad Valenciana, y se amplían en el Decreto 158/2002, de 17 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la AVL, concretamente en su artículo número 2:

«Artículo 2. Serán competencias de la AVL:

a) Determinar la normativa oficial del valenciano en todos sus aspectos.
b) Fijar, a solicitud de la Generalidad las formas lingüisticamente correctas de la toponimia y la onomástica oficial de la Comunidad Valenciana, para su aprobación oficial.
c) Emitir y difundir informes o dictámenes y realizar los estudios sobre la normativa y la onomástica oficial valenciana, ya sea a iniciativa propia o a requerimiento de las Instituciones Públicas de la Comunidad Valenciana.
d) Estudiar el patrimonio literario y documental valenciano.
e) Velar por el uso normal del valenciano y defender su denominación y entidad.
f) Informar sobre la adecuación a la normativa lingüística de la AVL de los textos producidos por las Instituciones Públicas o que requieran la aprobación oficial, así como de la producción audiovisual de la Comunidad Valenciana.
g) Elaborar y elevar al Consejo de la Generalidad y a las Cortes Valencianas una Memoria Anual en la cual, además de exponer sus actividades durante el ejercicio, se recojan las observaciones y consejos pertinentes para el uso normal del valenciano en cualquiera de sus manifestaciones.

h) Las otras que, dentro del ámbito de sus competencias, le encarguen el Presidente de la Generalidad, las Cortes Valencianas o el Gobierno Valenciano.»[1]

Académicos

La Academia está compuesta por veintiún académicos, actualmente únicamente son veinte,[5]​ que deberán tener la condición política de valenciano y ser expertos en valenciano con una acreditada competencia científica y académica, ser unas personalidades destacadas de las letras o de la enseñanza en materia lingüística, o tener una producción reconocida en el campo del valenciano o la cultura valenciana. El cargo es incompatible con cualquier cargo parlamentario, como diputado de las Cortes Valencianas o del Congreso de los Diputados, senador, miembro de algún otro Parlamento Autonómico o del Parlamento Europeo. Tampoco podrán ser académicos los miembros del Gobierno de España o de cualquier gobierno autonómico o local, los altos cargos de la Administración Autonómica y del Estado, y el personal al servicio de la AVL.[1]

Los académicos son nombrados por las Cortes Valencianas por un período de quince años, y podrán ser reelegidos. Tras los primeros quince años de la elección, la AVL procederá por cooptación de los veintiún miembros, a la renovación de un tercio de los académicos. Y, posteriormente, cada cinco años se procederá, de la misma manera, a la renovación de otro tercio de los inicialmente elegidos o sus sustitutos. El tercio restante se renovará cinco años después de la segunda renovación por el mismo procedimiento, y así sucesivamente cada cinco años.

Académicos actuales[5]
  • Artur Ahuir i López
  • Rafael Alemany Ferrer
  • Àngel Vicent Calpe Climent
  • Verònica Cantó Doménech
  • Emili Casanova Herrero
  • Jordi Colomina i Castanyer
  • Josep Lluís Doménech Zornoza
  • Antoni Ferrando Francés
  • Ramón Ferrer Navarro
  • Joan Alfons Gil Albors
  • Marisol González Felip
  • Albert-Guillem Hauf i Valls
  • Lluís Bartomeu Meseguer Pallarés
  • Eduard Mira Gonzàlez
  • Miquel Navarro Sorní
  • Pere María Orts i Bosch
  • Josep Palomero Almela
  • Manuel Pérez Saldanya
  • Honorat Ros i Pardo
  • Alfons Vila Moreno
Antiguos académicos[5]
  • Ramón Arnau i García
  • Alfred Ayza Roca
  • Carme Barceló Torres
  • Francesc Xavier Casp Vercher
  • Vicent Gascon i Pelegrí
  • Ricard Bellveser Icardo
  • Ascensió Figueres Górriz

Órganos y funciones

Según la Ley 7/1998 y el Decreto 158/2002, la Academia Valenciana de la Lengua cuenta con órganos de gobierno colegiados (el Pleno y la Junta de Gobierno) y unipersonales (el Presidente), aunque la AVL también podrá estructurarse en comisiones y secciones, que son órganos de trabajo.[1]​ Según la web de la Academia Valenciana de la Lengua, el organigrama de la institución queda constituido de la siguiente manera:[6]

  • Órganos unipersonales:
    • La Presidencia.
    • La Vicepresidencia.
    • La Secretaría.
  • Órganos colegiados:
    • El Pleno.
    • La Junta de Gobierno.
    • Los órganos de trabajo.

Órganos unipersonales

La Presidencia y la Vicepresidencia

El Presidente de la Academia Valenciana de la Lengua será elegido por el Pleno de entre sus miembros por mayoría absoluta, por un período de cinco años, y podrá ser reelegido, consecutivamente, por otros cinco años más. Para poder ser candidato a la Presidencia será necesario el aval de un tercio de los académicos. El presidente de la AVL tiene las atribuciones siguientes:[1]

  • Representar a la institución.
  • Presidir, convocar y fijar el orden del día de las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno.
  • Poder convocar y presidir todas las secciones y comisiones.
  • Proponer temas a tratar en los diversos órganos de la AVL.
  • Elevar anualmente a las Cortes Valencianas y al presidente de la Generalidad Valenciana una memoria de las actividades de la institución.
  • Autorizar los gastos, proponer y ordenar los pagos como consecuencia de la ejecución del presupuesto.
  • Nombrar a los funcionarios y el personal eventual y laboral con los requisitos establecidos en las leyes.
  • Informar regularmente al Pleno y a la Junta de Gobierno sobre sus gestiones y iniciativas en el ejercicio del cargo.
  • Convocar a los miembros del Pleno con motivo de celebraciones especiales o de recepciones extraordinarias de autoridades.
  • Las otras que se determinen por la Ley 7/1998 y por el Decreto 158/2002.

Desde el 18 de noviembre de 2011 ostenta la presidencia de la AVL Ramón Ferrer Navarro,[7]​ quién ganó la elección frente al entonces presidente en funciones, el filólogo Manuel Pérez Saldanya.[8]​ Éste venía ocupando el cargo desde la dimisión de la anterior presidente, Ascensión Figueres, quien decidió formar parte de las listas del PP en las elecciones generales de 2011.[9]​ El vicepresidente, que es en la actualidad Josep Palomero Almela,[6]​ sustituirá al presidente en casos de ausencia, enfermedad o vacante, así como en los asuntos que delegue en él el presidente.

Presidentes

Presidentes de la Academia Valenciana de la Lengua

Presidente
Inicio de mandato
Fin de mandato
Notas
Ascensió Figueres Górriz
2001
2011
Primera presidente de la Academia. Reelegida en 2006. Dimitió en octubre de 2011 para poder presentarse a las elecciones generales de ese año.[9]
Manuel Pérez Saldanya
2011
2011
Presidente en funciones desde la dimisión de Ascensió Figueres hasta la celebración de la nueva elección,[9]​ en la que fue candidato frente a Ramón Ferrer, quien fue elegido.[8]
Ramón Ferrer Navarro
2011
En el cargo
Segundo presidente electo.[8]​ Es también académico de número de la RACV desde el 26 de junio de 1984.[10]

La secretaría

La Secretaría, puesto ocupado en la actualidad por Doña Verònica Cantó Doménech,[6]​ tiene las atribuciones siguientes:

  • Preparar y cursar el orden del día de las sesiones de la Acadèmia, previamente fijado por el Presidente.
  • Redactar y autorizar las actas.
  • Entregar certificados de las actas, acuerdos, informes y asistencias que se soliciten con el visto bueno del Presidente.
  • Llevar el libro de actas, foliado y visado por el Presidente.
  • Dirigir y coordinar la elaboración del proyecto de memoria anual de la institución.
  • Dirigir al personal al servicio de la Academia.
  • Comunicar a las secciones y comisiones los acuerdos adoptados por el Pleno y por la Junta de Gobierno sobre los temas de su competencia y hacer el seguimiento de las convocatorias de las sesiones y de las resoluciones adoptadas.
  • Llevar un libro específico donde aparezcan los acuerdos del Pleno de carácter normativo.
  • Las otras que se determinen por la Ley 7/1998 y por el Decreto 158/2002.

En caso de vacante, de ausencia o enfermedad, el secretario será substituido por el vocal de menor edad en la Junta de Gobierno, y en el Pleno, por la académico más joven.

Órganos colegiados

El Pleno

El órgano máximo de decisión de la Academia Valenciana de la Lengua es el pleno, integrado por los veintiún académicos, el cual deberá reunirse por lo menos una vez al trimestre. Las principales funciones del Pleno son:[1]

  • Aprobar el proyecto de reglamento y las posibles modificaciones y elevarlo al Consejo de la Generalidad para su aprobación.
  • Aprobar la memoria anual de la institución.
  • Aprobar el anteproyecto del presupuesto anual, para remitirlo al Consejo, y también las posibles modificaciones y la liquidación.
  • Aprobar los planes y los programas de actuación para cada ejercicio económico.
  • Aprobar el régimen ordinario de sesiones del pleno y de las reuniones de las secciones y de las comisiones.
  • Elegir al presidente y al resto de miembros de la Junta de Gobierno, así como los cargos que incluye el reglamento.
  • Acordar la creación, modificación y extinción de secciones y comisiones.
  • Acordar la composición de las secciones y de las comisiones.
  • Delegar funciones en la Presidencia de la AVL o en la Junta de Gobierno.
  • Designar y separar a los representantes de la AVL en cualquier organismo o entidad.
  • Decidir las relaciones y los acuerdos con otras entidades normativas u organismos académicos, científicos y culturales.
  • Convocar premios, ayudas o becas de estudios sobre el valenciano.
  • Proponer al Consejo de la Generalidad la aprobación de la plantilla del personal al servicio de la institución y su estructura orgánica.
  • Aprobar los informes o dictámenes a que se refiere el artículo 7 de la Ley de Creación de la AVL.
  • Aprobar anualmente, a propuesta de la junta de gobierno, las modalidades y la cuantía de las percepciones económicas de los académicos.
  • Fijar los criterios de control de las funciones y actividades de los académicos.
  • Las otras que se determinen en la Ley 7/1998 y en el Decreto 158/2002.

La Junta de Gobierno

El otro órgano colegiado de la Academia es la Junta de Gobierno, la cual está integrada por el presidente, Don Ramón Ferrer Navarro, el vicepresidente, Don Josep Palomero Almela, el secretario, Doña Verònica Cantó Doménech, y dos vocales, Don Emili Casanova Herrero y Don Josep Lluís Doménech Zornoza.[1]​ La elección de la Junta de Gobierno la realiza el Pleno, presidido por una mesa de edad, con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de derecho. En una primera fase se elegirá la presidencia, para lo cual los académicos candidatos deberán ser avalados por un tercio de los miembros del Pleno. En segunda fase, se elegirá el resto de la Junta de Gobierno. Podrán ser candidatos los académicos avalados por la Presidencia electa o por un tercio de los académicos. La Junta de Gobierno será elegida para un periodo de cinco años, pudiendo ser reelegida por un segundo periodo consecutivo de cinco años más. Las atribuciones de la Junta de Gobierno son:[1]

  • Elaborar el proyecto de memoria anual de la institución.
  • Elaborar el anteproyecto del presupuesto anual para elevarlo al Pleno.
  • Proponer al Pleno, cada año, las modalidades y la cuantía de las percepciones económicas que podrán recibir los académicos.
  • Proponer al Pleno los diversos tipos de dedicación y los criterios de control.
  • Dirigir y controlar la ejecución del presupuesto de la AVL y preparar su liquidación.
  • Tramitar los escritos y peticiones dirigidos a la institución.
  • Ejercer las facultades ordinarias en materia de contratación administrativa y administración de bienes dentro de los límites legales y presupuestarios.
  • Disponer los gastos propios de los servicios de la AVL dentro de los límites legales y presupuestarios.
  • Resolver las cuestiones que sean sometidas a su consideración por el presidente y que no estén atribuidas al Pleno.
  • Ejercer las funciones que el Pleno le delegue expresamente.
  • Elaborar los informes y dictámenes a los que se refiere el artículo 7 de la Ley de Creación de la AVL.
  • Asesorar a la Presidencia.
  • Proponer al Pleno la creación, modificación y supresión de secciones y comisiones que se considere conveniente para el cumplimiento de las tareas atribuidas a la AVL.
  • Proponer al Pleno la plantilla de personal.
  • Proponer al Pleno el establecimiento de convenios y acuerdos con otros organismos o instituciones.
  • Servir de nexo entre los diversos órganos internos de la AVL.
  • Proponer al Pleno la designación y la separación de los representantes de la AVL en cualquier organismo o entidad.
  • Cualquier otra que le atribuya la Ley 7/1998 o el Decreto 158/2002.

Finalmente, las atribuciones genéricas de los dos vocales de la Junta de Gobierno son el compartir con los otros miembros de la Junta de Gobierno las funciones propias de este órgano. así como cualquier otra función que les atribuya el Pleno o el presidente o la Junta de Gobierno, para asegurar el buen funcionamiento de la Academia y su presencia institucional.[1]​ Además de estas funciones, uno de los dos vocales de la Junta de Gobierno tendrá las funciones de tesorero, si así lo acuerda la Junta de Gobierno. Correspondiéndole el dar apoyo a la Presidencia, especialmente en el ejercicio de las funciones siguientes:[1]

  • Velar por el patrimonio de la institución.
  • La contabilidad de la Academia.
  • La recaudación de las cantidades que, por cualquier concepto, perciba la institución.
  • Efectuar los pagos correspondientes.
  • Rendir cuentas semestralmente al Pleno, sin perjuicio de hacerlo al presidente o a la Junta de Gobierno, cuando sea requerido para ello.

Los órganos de trabajo

Las secciones y las comisiones son los órganos de estudio, de información y de asesoramiento de la AVL, y sus conclusiones tendrán que someterse a la consideración del Pleno o de la Junta de Gobierno, según corresponda. Tanto las secciones como las comisiones están formadas por un presidente, un secretario y varios vocales, los cuales serán elegidos por el Pleno teniendo en cuenta criterios de competencia y especialización, preferencias personales y equilibrio entre las diferentes secciones y comisiones.[1]

Secciones

Las secciones[1]​ son órganos colegiados estables creados por el Pleno, que atienden con carácter general las competencias básicas atribuidas a la Academia Valenciana de la Lengua. Las secciones con las que cuenta la Academia son:[11]

  • La sección de gramática.
  • La sección de onomástica.
  • La sección de documentación lingüística y literária.
  • La sección de fomento del uso del valenciano.
Comisiones

Por el contrario, las comisiones[1]​ son órganos de carácter eventual que puede crear el Pleno con una finalidad concreta, cumplida la cual se extinguirá. Actualmente la AVL tiene seis comisiones en activo, las cuales son:[11]

  • La comisión del diccionario normativo valenciano.
  • La comisión de textos religiosos.
  • La comisión técnica de publicaciones.
  • La comisión Joan Roís de Corella.
  • La comisión Vicent Andrés Estellés.
  • La comisión de lenguajes específicos.

Acuerdos y dictámenes

El Pleno de la AVL aprueba sus acuerdos por la mayoría absoluta de los miembros de derecho del órgano, debiéndose publicar en el Diario Oficial de la Generalidad Valenciana todos aquellos que afecten a la normativa lingüística. Actualmente la Academia ha aprobado varios acuerdos sin carácter normativo, tratando temas tan variados como el 70 Aniversario de las Normas de Castellón, el 20 aniversario de la Ley de uso y enseñanza del valenciano, etc, así como tres acuerdos con carácter normativo, los cuales tratan sobre el conflicto lingüístico[12]​ y sobre la normativa del valenciano.[13][14]

Dictamen sobre el conflicto lingüístico

La posición de la AVL sobre el conflicto lingüístico valenciano, quedó recogida en el dictamen sobre los principios y criterios para la defensa de la denominación y la entidad del valenciano,[12]​ en el cual la AVL proclama que el valenciano, idioma histórico y propio de la Comunidad Valenciana, forma parte del sistema lingüístico que los correspondientes Estatutos de autonomía de los territorios hispánicos de la antigua Corona de Aragón reconocen como lengua propia. Con este circunloquio se reconoce la unidad de la lengua que hablan los valencianos, catalanes, baleares y aragoneses de la Franja.

Sobre el nombre de la lengua, la AVL ha declarado en el dictamen sobre los principios y criterios para la defensa de la denominación y la entidad del valenciano que la denominación de valenciano es la tradicional, histórica, legal, estatutaria y, por lo tanto, la más adecuada al marco institucional. Además, esta denominación no es incompatible ni tiene que entrar en contradicción con otras denominaciones también tradicionales, históricas y legales, que recibe la lengua propia de los valencianos. El nombre de la lengua y su naturaleza no tienen que ser objeto de polémicas inútiles ni de ninguna clase de disputa cultural, social ni política, puesto que esto sólo contribuye a fomentar la desunión entre los hablantes, a dificultar la promoción de su uso y a obstaculizar su normalidad plena. La diversidad onomástica del valenciano no puede servir de base a iniciativas que proyectan una imagen fragmentada del sistema lingüístico que los valencianos compartimos con otros territorios. Las iniciativas que adoptan los poderes públicos para difundir el valenciano fuera de nuestro ámbito lingüístico tienen todo el reconocimiento de la AVL. En todo caso, estas tienen que garantizar la difusión de nuestra peculiaridad idiomática y se han de ajustar a criterios conceptuales y onomásticos de carácter integrador.

Dictámenes sobre la normativa del valenciano

El referente normativo oficial del valenciano fue aprobado en los acuerdos plenarios del 25 de marzo[13]​ y del 20 de mayo de 2002.[14]​ Tal y como queda recogido en estos acuerdos, el referente normativo oficial del valenciano es, a todos los efectos, el conjunto de criterios ortográficos, gramaticales y léxicos usados en los textos y documentos oficiales de la Consejería de la Generalidad Valenciana responsable de la aplicación y despliegue de la Ley de Uso y Enseñanza del Valenciano desde la aprobación de esta ley (1983) hasta el 25 de marzo de 2002.

Críticas a la AVL

La Academia Valenciana de la Lengua ha sido desde su creación objeto de críticas por sectores diversos y aún opuestos:

  • El sector de opinión que considera que el valenciano es un idioma independiente con varios siglos de historia, tradición y literatura, sector despectivamente denominado por sus adversarios como blaverista,[15]​ ha afirmado siempre que la AVL responde al acuerdo político firmado en 1996 entre la Comunidad Autónoma de Cataluña y la Comunidad Valenciana conocido como Pacto de Reus[16]​ y que, como tal, carece de validez lingüística.[17]
  • Desde el punto de vista opuesto, algunos partidarios de la unidad de la lengua catalana también han criticado a la AVL, defendiendo la existencia de una única instancia normativa: el Instituto de Estudios Catalanes (IEC), institución privada catalana fundada en 1907. Ello supondría, en consecuencia, la existencia de una normativa única para toda la lengua.[18]
  • Ha recibido críticas también por el coste económico que supone su mantenimiento, motivo por el que se ha planteado una reducción de su partida presupuestaria, así como del número de académicos.[19]

Publicaciones

La Academia Valenciana de la Lengua ha publicado varios documentos normativos, algunos de ellos en papel, y otros en formato digital, los cuales se describen a continuación:[20]

Textos Normativos

  • El Diccionario ortográfico y de pronunciación del valenciano (2006),[21]​ una obra que sin pretensiones de perfección, incorpora un extenso léxico de más de 75.000 palabras con información relativa a su variación morfológica, especificando la pronuncación en aquellos casos en los que la ortografía no es transparente.
  • La Gramática normativa valenciana (2006),[22]​ la cual se estructura en cuatro grandes bloques dedicados a la ortografía, la sintaxis y la formación de las palabras. La obra tiene un carácter normativo y descriptivo, en la medida que trata de orientar sobre las formas más recomendadas en los registros formales y en el estándar, pero integrando las propuestas normativas dentro de una descripción general de la estructura de la lengua.
  • La normativa ortográfica del valenciano,[23]​ con los criterios ortográficos del valenciano oficializados por la academia.
  • El estándar oral del valenciano, el cual tiene por objetivo el fijar unas pautas ortoépicas que sirvan de orientación a los usuarios de la lengua.[24]

Onomástica

  • Los gentilicios valencianos, que presenta las formas de los gentilicios correspondientes a los habitantes de todos los municipios valencianos, así como la grafía y la pronunciación del nombre de estos municipios.[25]
  • Serie Antroponimia 1: Vocabulario de nombres de persona (2006).
  • Serie Toponimia de los Pueblos Valencianos: Toponimia de los Pueblos Valencianos I, II y III (2004, 2009, 2012).
  • Serie Toponimia: Corpus toponímico valenciano (2009).

Vocabularios

  • Vocabulario jurídico (2006).
  • Vocabulario náutico (2007).
  • Vocabulario de fútbol (2008).
  • Vocabulario del juego de pelota (2010).
  • Vocabulario económico (2011).

Léxicos

  • Léxicos básicos (2010).
  • Léxicos: série pósters (2011).

Manuales

  • Manual 1: documentación administrativa (2011).
  • Manual 2: libro de estilo para los medios audiovisuales en valenciano (2011).

Investigación

  • Serie homenaje: El món mariner de Peníscola, Alfred Ayza Roca (2005).
  • Libro Blanco del uso del valenciano y encuesta sobre la situación social del valenciano. 2004 (2005).
  • Serie homenaje: Sant Bernat de Rascanya, Vicent Gascon Pelegrí (2006).
  • Serie homenaje: Record i pensament. Ramón Arnau García, (2006).
  • Serie homenaje: Per la memòria històrica dels valencians, Pere Maria Orts i Bosch (2006).
  • Les Normes de Castelló. L’interés per la llengua dels valencians al segle xx, Josep Daniel Climent (2007).
  • Les nostres paraules, Eugeni S. Reig (2009).
  • Llengua d’arraix. La parla almadravera valenciana, Francesc-Xavier Llorca Ibi (2008).
  • Libro Blanco del uso del valenciano II. Iniciativas para el fomento del valenciano (2008).
  • Acció Valenciana (1930-1931). La consciència desvetlada, Santi Vallés Casanoves (2008).
  • Millorem la pronúncia, Josep Saborit Vilar (2009).
  • Enric Valor: estudi i compromís per la llengua, Josep Daniel Climent (2011).
  • Els usos lingüístics a les universitats públiques valencianes, Artur Aparici i Rafael Castelló -dirs.- (2011).
  • La cançó en valencià. Dels repertoris tradicionals als gèneres moderns, Josep Vicent Frechina (2011).
  • El valor comunicatiu de la construcció «de + adjectiu qualificatiu», Abelard Saragossà (2011).
  • La transmissió familiar del valencià, Brauli Montoya Abat, Antoni Mas i Miralles (2011).

Documentos

  • De las Normas de Castellón a la AVL (2002).
  • Ley de uso y enseñanza del valenciano. Elaboración y desarrollo (2003).
  • Academia Valenciana de la Lengua. Acuerdos 2001-2004 (2005).
  • Dictamen sobre los principios y criterios para la defensa de la denominación y la entidad del valenciano (2005).

Otros

Además de estas obras la Academia ha publicado otras colecciones, como las de textos valencianos, clásicos valencianos, documentos históricos valencianos, etc.[20]​ Actualmente, la AVL sigue trabajando en nuevas obras, como el Diccionario normativo valenciano, la Gramática básica valenciana,[26]​ el Atlas lingüístico, el Atlas toponímico, la segunda parte de la propuesta de los Textos litúrgicos, el Corpus lingüístico informatizado del valenciano y el Anuario de la Academia.[27]

Véase también

Fuentes

Referencias

  1. a b c d e f g h i j k l m Generalidad Valenciana (16 de septiembre de 1998 y 17 de septiembre de 2002). «Ley 7/1998, de 16 de septiembre, de Creación de la Academia Valenciana de la Lengua y Decreto 158/2002, de 17 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL)» (pdf). DOCV. Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  2. Alfons García (23 de julio de 2006). «La AVL cumple 5 años sin esplendor». www.levante-emv.com (Editorial Prensa Ibérica). Consultado el 17 de febrero de 2013. 
  3. Generalidad Valenciana (10 de abril de 2006). «LEY ORGÁNICA 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.» (pdf). DOCV. Consultado el 17 de febrero de 2013. 
  4. Acadèmia Valenciana de la Llengua (2011). «Seu». www.avl.gva.es (en valenciano). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  5. a b c Acadèmia Valenciana de la Llengua (2011). «Acadèmics». www.avl.gva.es (en valenciano). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  6. a b c Acadèmia Valenciana de la Llengua (2011). «Organigrama de la AVL». www.avl.gva.es (en valenciano). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  7. Acadèmia Valenciana de la Llengua (2011). «Salutació president». www.avl.gva.es (en valenciano). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  8. a b c FEDERICO SIMÓN (18 de noviembre de 2011). «Ramón Ferrer, nuevo presidente de la Acadèmia Valenciana de la Llengua». www.cultura.elpais.com (EDICIONES EL PAÍS, S.L.). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  9. a b c EUROPA PRESS (14.10.11). «Ascensión Figueres dimite como presidenta de la Academia Valenciana de la Lengua». www.telecinco.es (Mediaset España). Consultado el 17 de febrero de 2013. 
  10. Real Acadèmia de Cultura Valenciana (2013). «Ramon Ferrer Navarro». www.racv.es. Consultado el 17 de febrero de 2013. 
  11. a b Acadèmia Valenciana de la Llengua (2011). «Seccions i comissions». www.avl.gva.es (en valenciano). Consultado el 17 de febrero de 2013. 
  12. a b Acadèmia Valenciana de la Llengua (9 de febrero de 2005). Acord de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL), adoptat en la reunió plenària del 9 de febrer del 2005, pel qual s’aprova el dictamen sobre els principis i criteris per a la defensa de la denominació i l’entitat del valencià (en valenciano). p. 52. Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  13. a b Acadèmia Valenciana de la Llengua (4 de abril de 2002). Acord normatiu de 25 de març del 2002 (en valenciano). p. 2. Consultado el 16 de febrero de 2013. 
  14. a b Acadèmia Valenciana de la Llengua (31 de mayo de 2002). Acord normatiu de 20 de maig del 2002 (en valenciano). p. 2. Consultado el 16 de febrero de 2013. 
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  16. EFE (24 de noviembre de 2010). «Acusan al PSOE y PP de ser 'cómplices del pancatalanismo' en la Comunidad Valenciana». www.elmundo.es (Unidad Editorial Internet, S.L.). Consultado el 16 de febrero de 2013. 
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Notas

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